Imagen: Pixabay
Entre los principales cambios está la ampliación del público beneficiario de la Política Nacional de Agricultura Familiar (Pronaf).
La Ordenanza nº 293 fue publicada este martes (20), en el Diario Oficial de la Unión (DOU), a través de la Secretaría de Agricultura Familiar y Cooperativas del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (SAF/Mapa), que establece las normas generales condiciones y procedimientos para la inscripción en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (CAF). La ordenanza entra en vigor a partir de la fecha de su publicación.
{módulo Formulario RD}
Luego de una serie de reuniones técnicas realizadas con el objetivo de capacitar a los equipos de registrantes vinculados a las entidades de la Red de Entidades Acreditadas para registrarse ante la CAF (Red CAF), se verificó la necesidad de cambiar las reglas establecidas en el SAF/ Ordenanza MAPA nº 242, de 8 de noviembre de 2021, por la que se mejoran estándares y conceptos a través de nuevos dispositivos que tienen como objetivo ampliar el público beneficiario de la Política Nacional de Agricultura Familiar (Pronaf).
El principal cambio es la posibilidad de que los empresarios familiares rurales, los microempresarios individuales, los microempresarios y las pequeñas empresas también puedan registrarse en la CAF, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. El registro sigue prohibido para las personas físicas que sean propietarios o accionistas mayoritarios de empresas, así como para los directores, socios directores y administradores de empresas comerciales.
El acto normativo también trae cambios en lo que respecta al registro de beneficiarios del Programa Nacional de Reforma Agraria (PNRA) y del Programa Nacional de Crédito Agrario (PNCF). La nueva redacción amplía el ingreso de este público específico para obtener el registro ante la CAF.
Desde el 1 de noviembre, según Ordenanza N° 174, de 28 de junio de 2022, la CAF es la única herramienta para que los agricultores familiares accedan a acciones, programas y políticas públicas encaminadas a generar ingresos y fortalecer la agricultura familiar.
El instrumento se utiliza para identificar y calificar las Unidades de Producción Agrícola Familiar (UFPA) de la agricultura familiar, las Empresas Familiares Rurales y las formas asociativas de organización de la agricultura familiar.
Otras informaciones sobre CAF pueden solicitarse a la Coordinación de Gestión del Registro Nacional de Agricultura Familiar de Mapa, por correo electrónico a caf@agro.gov.br o por teléfono (61) 3276-4533.
Por: Noticias Agrícolas